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MVZ José Ignacio Aguado Esquivel
Secretario del Ayuntamiento
Currículum Vítae
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DIRECCIÓN
Ave. Francisco I. Madero Nº 400 Nte.
Colonia Centro
Gómez Palacio, Dgo.

HORARIO
Lunes a Viernes      8:00 a 16:00 Hrs.

Tel: (871) 175-10-00 Ext. 1060
Tel: Directo (871) 175-10-02
 

CURRÍCULUM VITAE

Emilio Sánchez Saucedo.- Jefe de la Oficina de Reclutamiento Militar

MISIÓN

Apoyar a la Administración Municipal en el desahogo de asuntos de carácter político, jurídico, administrativo y social, así como también, auxiliar al cabildo en el ejercicio de sus funciones y fedatar los actos y acuerdos de este.

VISIÓN
Una Secretaría del Ayuntamiento eficiente, organizada que permita mejorar la prestación de servicios a todo aquel individuo y asociación que necesiten el apoyo dentro del margen municipal establecido con eficiencia pero sobre todo con humanidad.

OBJETIVO
Atender y dar seguimiento al ciudadano que necesite de los servicios y/o trámites de la Secretaría del Ayuntamiento, así como también coordinar con eficiencia y responsabilidad todas y cada una de las Áreas Municipales y Sesiones de Cabildo.

SERVICIOS QUE PRESTA Y REQUISITOS PARA SU EXPEDICIÓN

Permisos: Los permisos otorgados en este Departamento tienen un mismo sistema para su evaluación y posterior autorización, el cual es el siguiente:

PERMISOS
BAILE PARTICULAR
Bando de Policía y Gobierno
Artículo 109.
Para que puedan efectuarse funciones y espectáculos en calles y plazas, así como fiestas populares y particulares en el área rural, las personas interesadas deberán obtener previamente el permiso de la Presidencia Municipal, por conducto de la Secretaría del Ayuntamiento, en su área correspondiente, debiendo tener conocimiento la Secretaría de Protección y Vialidad, según el caso.

Para poder otorgar este tipo de permisos, se requiere de una solicitud por escrito que describa claramente el evento, teniendo en su contenido el nombre de la persona responsable del mismo, el ejido en el que se realizará y el horario - que no debe exceder de 5 horas – firmado y sellado por el Jefe de Cuartel del poblado, quien es un organismo auxiliar de la Autoridad Municipal, en los términos de los Artículos 83 y 90 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango; 26 y 27 del Bando de Policía y Gobierno y 10, 11 y 12 del Reglamento para el Desempeño de la Junta Municipal de Gobierno y de las Jefaturas de Cuartel.

Este tipo de permisos no tienen ningún costo ni en la Presidencia Municipal ni en la Secretaría de Protección y Vialidad.

BAILE POPULAR CON VENTA DE CERVEZA
Bando de Policía y Gobierno
Artículo 109.
Para que puedan efectuarse funciones y espectáculos en calles y plazas, así como fiestas populares y particulares en el área rural, las personas interesadas deberán obtener previamente el permiso de la Presidencia Municipal, por conducto de la Secretaría del Ayuntamiento, en su área correspondiente, debiendo tener conocimiento la Secretaría de Protección y Vialidad, según el caso.

Este caso es similar al anterior, con la diferencia que, por ser Aniversario de la Comunidad, debe venir avalado por el Comisariado Ejidal, que es el representante de los ejidatarios. El permiso en si no tiene costo, pero se debe hacer el pago del derecho correspondiente para la venta de alcohol en el Departamento de Alcoholes y de Licencias de Funcionamiento para poder llevar a cabo el evento. Una vez realizados los pagos se les otorga el permiso.

USO Y CIERRE DE CALLES (FACULTAD DEL SECRETARIO)
Este tipo de permisos se otorgan cuando se va a realizar un evento cultural o religioso que no afecte a las personas avecinadas en el área en cuestión. Para ello se pide una solicitud por escrito firmada por el responsable del evento, y se solicita se anexe una lista de firmas de los vecinos afirmando que están de acuerdo y no tienen inconveniente en que se cierre la calle donde se encuentra su domicilio por el tiempo convenido. Estos permisos no tienen ningún costo.

USO DE PLAZAS Y PARQUES MUNICIPALES (FACULTAD DEL SECRETARIO)
Cuando se van a realizar eventos deportivos, culturales o religiosos en cualquier parque, plaza o auditorio perteneciente al municipio, se expide un permiso para el uso del lugar requerido, sin costo alguno para el solicitante.

PELEAS DE GALLOS Y CARRERAS DE CABALLOS
Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Gómez Palacio.

Artículo 119, Fracción XXVII. Otorgar opinión favorable para la realización de Peleas de Gallos y Carreras de Caballos.
Para poder realizar Peleas de Gallos y/o Carreras de Caballos, la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General Adjunta de Juegos y Sorteos requiere a los solicitantes el Visto Bueno del Municipio para la realización del evento, el cual se extiende en esta Secretaría para que así puedan tramitar posteriormente el correspondiente permiso en Gobernación. Estos permisos tienen un costo de $200.00 por evento.

Se requiere una solicitud firmada y sellada por el jefe de cuartel en caso de que el evento se lleve a cabo en el área rural del municipio.

MARCHAS Y MÍTINES
Bando de Policía y Gobierno
Artículo 28:
El aviso para la realización de toda manifestación o mitin político, deberá contener el día, la hora, su destino final y el objetivo del mismo, así como el nombre de los organizadores; en el caso, de que se haga a nombre de alguna asociación, los organizadores deberán acreditar la personalidad con que se ostentan y serán responsables de la observancia del orden. La presentación del aviso deberá hacerse con setenta y dos horas de anticipación, ante la Secretaría del Ayuntamiento, la que una vez cumplidos los requisitos de Ley, expedirá la autorización correspondiente.

Certificaciones: Las certificaciones de identidad o domicilio otorgadas en esta Secretaría requieren del siguiente procedimiento:

Las certificaciones o constancias de residencia se solicitan por medio de un formato en el cual se proporcionan los datos necesarios para la misma, posteriormente, se envía un Memorándum dirigido al Secretario de Protección y Vialidad para que el, a su vez, turne la instrucción a quien corresponda, a fin de que se verifique que los datos proporcionados por el solicitante sean verídicos. Después de dicha verificación la Secretaría de Protección y Vialidad nos turna la respuesta correspondiente, y en base a ella se elabora la constancia.

La elaboración de las Constancias tiene su fundamento en el siguiente artículo:Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de Gómez Palacio.
Artículo 119, Fracción XVIII. Expedir las constancias de residencia que le soliciten los habitantes del Municipio.

Las constancias que se otorgan en la Secretaría son las siguientes:

* Constancia de residencia
* Carta de identidad
* Constancia de Ingresos
* Modo honesto de vivir (Clubes de Caza)
* Residencia anterior (Mexicanos que viven en el Extranjero)
* Dependencia económica
* Vida y residencia (extranjeros que residen en la Ciudad)

El costo de las constancias es de $150.00, a excepción de la Constancia de Ingresos o la de Identidad cuando es para el Programa Oportunidades o Seguro Popular, en cuyo caso se otorga de forma gratuita, siempre y cuando Desarrollo Rural nos haga llegar una Tarjeta Informativa donde se especifique que efectivamente la persona interesada pertenece a dicho programa.

ORGANIGRAMA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS

SUB-DEPENDENCIAS

PROTECCIÓN CIVIL
S.R.E.
TRANSPARECIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

 
Actualizado ( Viernes, 16 de Diciembre de 2011 10:30 )
 

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